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El truco del Tratado de Lisboa |
En 2009 entra en vigor el Tratado de Lisboa, que consolida la UE como potencia neoliberal, militar y antidemocrática, cipaya del régimen estadounidense.
En 2007 los 27 Estados de la UE negociaron a espaldas de la ciudadanía europea dos asuntos de gran trascendencia: el Tratado de Lisboa, que sustituye a la fallida Constitución Europea y reforma los Tratados de Roma (1957) y Maastricht (1992), y los acuerdos con EE UU sobre transmisión de datos sobre pasajeros aéreos y transferencias bancarias, que consolidan el proceso de adaptación del marco jurídico comunitario a las exigencias estadounidenses. Especialistas en derecho criticaron estas medidas en un acto celebrado en Madrid el 28 de marzo.
Ricardo Gómez, del Observatorio de ATTAC sobre la UE tildó de “desprecio a la voluntad popular y proceso elitista y secretista” el relanzamiento del Tratado, “de difícil comprensión e ilegible”. Uno de sus redactores, el ministro de Interior italiano Giuliano D’Amato, dijo en 2007 que si fuera comprensible “nos arriesgaríamos a un referéndum, porque significaría que hay algo nuevo”. Irlanda será el único país en someterlo a referéndum. Los demás lo ratificarán por vía parlamentaria: el Estado francés y Polonia lo hicieron en febrero y marzo respectivamente y el Parlamento español lo hará este año mediante ley orgánica.
Para Gómez, supone un “retroceso en las libertades democráticas y una apuesta cero por la construcción de alternativas socioeconómicas”. El texto defiende explícitamente la “competencia libre y no falseada” y la “mejora progresiva de las capacidades militares”. Gómez tildó a la UE de “estructura antidemocrática” con un “parlamento débil no elegido por la ciudadanía, excluido de iniciativas legales y sin voto sobre ingresos y presupuestos” frente a instancias de nula representatividad e inmenso poder: Consejo y Comisión europeas, Tribunal de Justicia o Banco Central Europeo (BCE).
Según Gerardo Pissarello, profesor de Derecho Constitucional en la Universitat de Barcelona, el texto “concentra mecanismos policiales y represivos sin suficiente control parlamentario”. Aunque “se subordina a intereses de EE UU” la agenda de la UE “ha impuesto sus propios recortes de derechos y libertades”. A su juicio, el dispositivo de control migratorio europeo Frontex o el proyecto de directiva para aumentar a 18 meses el encierro de sin papeles en los Centros de Internamiento de Inmigrantes (CIE) que Bruselas discutirá en mayo no son flor de un día. La creación del grupo Trevi (unidad de lucha contra Terrorismo, Radicalismo y Violencia Internacional) en 1975; el Acuerdo de Schengen en 1985 y la coordinación policial europea (Europol) en 1999 “son antecedentes cruciales de la llamada fortaleza europea”. El 11-S actuó de “disparador de un proceso ya en curso”.
Para Jean-Claude Paye, autor del libro Global War on Liberty, “lo novedoso es la integración del sistema judicial europeo en el estadounidense. Antes, EE UU hacía acuerdos bilaterales porque hallaba objeciones. Hoy se siente más fuerte para forzar acuerdos en la UE”. En 2003 ambas potencias firmaron unos acuerdos de extradición fruto de reuniones secretas. Éstos “permiten que EE UU añada exigencias sin reemprender negociaciones” y “la UE no cuestiona los tribunales especiales creados por decreto tras el 11-S para juzgar ‘enemigos combatientes ilegales’. Cualquier ciudadano puede ser trasladado a EE UU para que le juzguen”.
En 2007 firmaron los acuerdos sobre transferencia de datos de pasajeros aéreos y de cuentas bancarias, “que vulneran la protección europea de datos personales”. Tras el 11-S, la empresa estadounidense Swift, ubicada en Bélgica, informó a EE UU sobre transferencias en la UE. Según Paye, “el BCE y otros bancos lo sabían y no lo comunicaron a sus autoridades” hasta que la prensa de EE UU lo reveló en 2006. Así pues, EE UU “crea una situación de excepción y fuerza a la UE a adaptarse. Es el fin del Estado de Derecho”.
El Tratado de Lisboa y la encrucijada europea
El autor, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Central de Barcelona, analiza las bases del Tratado de Lisboa, cuyo 90% calca el proyecto de Constitución.
Hay que reconocerlo: el malogrado Tratado constitucional europeo tuvo al menos la virtud de estimular un cierto debate en torno al proceso de integración. No es que las clases dirigentes europeas estuvieran demasiado interesadas en ello. Pero la sola apelación a un texto “constitucional” obligó, al menos, a simular un proceso y un contenido “constituyentes”. Nada de eso ha ocurrido ahora.
Tras el ‘no’ francés y holandés, las élites europeas parecen haber escarmentado. Ya nadie habla de Constitución ni de proceso constituyente. El Tratado de Lisboa se ha negociado de espaldas a la ciudadanía y sus impulsores se ufanan de ello. Las mismas Cumbres intergubernamentales que se criticaban hace unos años por su opacidad, se presentan ahora como la única alternativa “responsable” y “realista”. Con la boca grande o pequeña, los gobiernos huyen de las consultas populares como de la peste. ¿A qué viene tanta prisa? ¿Es acaso la UE pergeñada en el Tratado de Lisboa muy diferente de la que existía hasta ahora? No parece.
Salvo algunos ajustes institucionales al servicio de la “gobernabilidad”, las obsesiones de fondo son las de siempre. Un 90% del contenido del Tratado de Lisboa, de hecho, puede rastrearse en el Tratado constitucional. Ya no se habla de Constitución ni se apela con entusiasmo a la bandera o al himno. Pero el contenido sustancial es el mismo. La orientación neoliberal, productivista, tecnocrática y militarista de la integración permanece incólume. Y nada en el nuevo texto amenaza su continuidad.
Agenda securitaria
Nada conduce a pensar en un abandono de las privatizaciones o en un mayor control de los grandes lobbies. Nada, en una mayor lucha contra los paraísos fiscales o a favor de una fiscalidad progresiva. Nada, en una menor subordinación a la OTAN y a la agenda securitaria de los EE UU. Menos aún, en un tratamiento de la cuestión migratoria que no sea el del cerco policial o el de la proliferación de los centros de internamiento.
Es verdad que esta tendencia no es nueva. Que es el sello de la UE al menos desde Maastricht. Lo grave es que el Tratado de Lisboa pretenda profundizarla en nombre de la eficacia y del realismo. ¿Cómo puede ser realista un texto que se limita a prolongar el crónico déficit social y democrático que la UE acarrea a sus espaldas?
El panorama es aún más oscuro si se piensa que, hoy por hoy, son la derecha más beligerante y los sectores más conservadores de la socialdemocracia quienes controlan los principales resortes institucionales de la UE. De ahí el carácter especialmente regresivo de buena parte de las propuestas normativas impulsadas desde las instancias comunitarias a lo largo del último año. Y de ahí también los retos que este escenario plantea a los movimientos sociales, sobre todo de cara a las elecciones al Parlamento europeo de 2009. El primero, impulsar una crítica desacomplejada, no sólo del Tratado de Lisboa, sino de la UE realmente existente, que desvele sus profundos límites democráticos, sociales, y ambientales. Y otro, no menor, acompañar esa crítica de un programa capaz de desactivar los cantos de sirena del repliegue estatalista y de expresar, en definitiva, un renovado internacionalismo a la altura de los tiempos.

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Según sus "Patrocinadores", y así se manifiesta en su Preámbulo Constitutivo, el Tratado de Lisboa comprende cuatro puntos fundamentales:
1.- El Tratado modifica los tratados existentes, pero no constituye un Tratado Constitucional (¿).
2.- El nuevo Tratado "toma en cuenta las preocupaciones de los franceses", (expresadas en la negativa del referendum para aprobar el Proyecto de Constitución para Europa); y es que irónicamente, "esas preocupaciones", entre otras, sirvieron para buscar a través de este Super Tratado, la única manera de evadir el rotúndo rechazo del pueblo francés hacia aquel Proyecto de Constitución.
El Parlamento francés, burlando la opinión mayoritaria de su pueblo sobre la no ratificación de ese tratado, solo impone la normativa constitucional del Proyecto rechazado, por la vía de conseguir por afuera, lo que no se pudo conquistar desde adentro.
Ya importantes líderes políticos de izquierda, y organizaciones de intelectúales, se habían pronunciado, manifestando su desacuerdo con las principales regulaciones del Proyecto, por considerar que se perdería una parte sustancial de la identidad nacional e institucional, para cada país de la Unión, que pudiese conservar ciertos parámetros necesarios e indispensables dentro de un proceso de integración económica, política y social, que se adoptasen dentro de las propias legislaciones nacionales, en materias de un rango restrictivo, que le permita un razonable desarrollo autónomo y soberano a cada país miembro de la Unión.
3.- Con el Tratado de Lisboa, las instituciones de la Unión, "serán más democráticas y eficientes".
Este Super Tratado da a la Carta de los derechos fundamentales, el mismo valor jurídico de los tratados; y de acuerdo con este principio, los Estados Miembros adquieren en el Consejo de Europa, como instancia ejecutiva de la Comunidad, un peso proporcional a su población.
En este orden de idéas, el Tratado de MAASTRICHT y el Tratado de AMSTERDAM, así como el célebre Pacto de Estabilidad para la zona del euro, como monéda única y común, quedarán sujetos, en cuanto a su ulterior desarrollo, implementación de políticas e interpretaciones sobre el alcance y significación de esas políticas, a lo que resuelva el Consejo de Europa, en claro detrimento a lo que soberanamente decidan los Estados Miembros, en relación a la política monetaria y financiera de cada uno.
La soberanía Constitucional en este aspecto, sería delegada al Consejo europeo, y no al Parlamento; y los Estados Miembros perderían el control y el manejo independiente de sus recursos financieros, pues pasarían a estar sujetos a las políticas que diseñe el Banco Central Europeo, dependiente del propio Consejo, que en última instancia, fijaría enteramente los parámetros monetarios y financieros de los países miembros, independientemente y sin consideración alguna, a las asimetrías que para el momento presenten aquellos.
Como lo señalaran recientemente algunos legisladores españoles:
¿De que nos sirve el Congreso de Diputados, si las leyes en su globalidad, nos vendrían impuestas desde AMSTERDAM, por el Consejo de Europa?
4.- A través del "nuevo" Tratado, se puede aspirar a nuevas ambiciones (¿), y a tomar decisiones y medidas que beneficien a los ciudadanos.
Esta es otra declaración, que como las anteriores, solo tienen un mero carácter formalista, esencialmente enunciativo y programático, que en nada modifica el verdadero cometido del Tratado, cual es el de sustituir y superar, toda la normativa implícita en el Proyecto de Constitución de Europa.
La competencia en materia fiscal, sería enteramente renunciada por los Estados Miembros, a favor del Consejo de Europa, quien tendría y asumiría de pleno derecho, y con efecto inmediato, la recaudación de los impuestos europeos.
En otras palabras, la soberanía legislativa en materia financiera y fiscal, sería transferida de los Estados a la UE, en cabeza de su Consejo, en claro menoscabo y detrimento, de las competencias asignadas en razón a la materia especifica, a las jurisdicciones nacionales.
Se diría, a riesgo de parecer exagerado, que los parámetros supranacionales de esta Constitución Larvada, constituyen facultades exorbitantes, que le arrebataría a los ciudadanos, el indelegable derecho de elegir y administrar sus propios modos de vida; mientras un organismo instituccional de eminente carácter cupular como el Consejo Europeo, definiría el destino de aquellos ciudadanos, bajo el soterrado eufemismo, de que le están cediendo competencias a la comunidad de naciones, para el propio beneficio de sus nacionales.
En otras palabras, una dictadura federativa, manejada por una incipiente burocracia absolutista, que incluso no tiene obligación de rendir cuentas, tomaría todas las decisiones trascendentes, que atañen y afectan a las comunidades regionales.
El Tratado preve, que los servicios públicos queden "Protegidos" por un Protocolo que tiene el mismo valor que los tratados (ARTICULO 9º).
Ello equivale a otorgar al Protocolo, un rango superior al propio Tratado de la Unión Europea, que deja en manos de las comunidades regionales, el manejo, control, protección y desarrollo de los servicios públicos; y que pasa a tener, como Tratado Marco, un mero rango subalterno o complementario, cuando no exista en el PROTOCOLO, una regulación específica y concreta acerca de las particularidades de dichos servicios.
La Unión Europea, por primera vez, se "impone" el objetivo de protección de los ciudadanos nacionales en el marco de la "Globalización".
(ART. 1º, Numeral 4º).
Una cláusula social general, establece que se deben tomar en cuenta "Las exigencias relacionadas con la promoción de un nivel de empleo elevado; con la lucha contra la exclusión social, y con unos adecuados niveles de educación y salud".
Hoy, a manera de epílogo, cuando contemplamos con verdadero asombro, el quiebre y el colapso de un sistema económico y financiero globalizado, que amenaza incluso con arrastrar la economía europea, hasta hace muy poco, pujante y vigorosa, como al menos lo reseñaban los grandes medios de comunicación social en el mundo, fuertemente atada a los centros financieros norteamericanos, sin que hasta ahora hubiese dado respuestas convincentes al creciente desempleo, al alto costo de la vida, a la exclusión social, al problema migratorio, y a las condiciones de vida de los ciudadanos europeos, nos preguntamos:
¿Hasta donde podrá la vieja Europa, superar sus propias asimetrías y contradicciones, y propender a una nueva comunidad de naciones, sustentada en un sistema más justo y más humano?
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